El Parlamento Europeo aprueba nuevas normas para reducir la morosidad

Home Noticias El Parlamento Europeo aprueba nuevas normas para reducir la morosidad

Sesión Plenaria del 18 al 21 de octubre de 2010

El Parlamento Europeo aprueba nuevas normas para reducir la morosidad

El día 21 de octubre, durante la celebración de la Sesión Plenaria, el PE ha aprobado una directiva que fija, como norma general, un límite de 30 días para pagar las facturas. En el caso de las administraciones públicas, este plazo se podrá prolongar, como máximo, hasta los 60 días cuando esté justificado. Además, se respetarán los contratos entre empresas con plazos más amplios siempre que no resulten abusivos. La norma prevé sanciones por incumplimiento y los Estados miembros tendrán dos años para cumplirla.

La nueva legislación, aprobada por 612 votos a favor, 12 en contra y 21 abstenciones, busca garantizar que las pequeñas empresas no tengan que afrontar problemas financieros debido a la demora en el pago de facturas por parte de otras compañías o de la administración pública, y puedan reforzar así la solvencia, la innovación y el empleo.

Como norma general, el plazo tanto para el sector público como para el sector privado para realizar el pago de facturas por bienes o servicios será ahora de 30 días. El Parlamento Europeo ha querido evitar lagunas y asegurar que la derogación de este límite sólo será aceptada bajo circunstancias especiales.

Durante más de un año, la delegación del Parlamento Europeo, liderada por la alemana Barbara WEILER (S&D), ha negociado para lograr normas más estrictas y claras sobre los plazos de pago, hasta alcanzar un acuerdo con el Consejo el pasado mes de septiembre.

Barbara Weiler aseguró durante el debate celebrado ayer que esta directiva "sentará las bases para una nueva cultura del pago". "Tenemos el objetivo de reforzar los derechos de las empresas más pequeñas, con el fin de mejorar la liquidez y crear un ambiente más idóneo para las inversiones en nuevos puestos de trabajo", defendía ayer la eurodiputada del grupo socialista.

El acuerdo deberá ahora ser formalmente aprobado por el Consejo. Weiler también subrayó que la intención del Parlamento Europeo es que el periodo de implementación "tarde menos de dos años". En este sentido, aseguró que "a partir de enero los Estados miembros deberían iniciar la transposición". "España, por ejemplo, ya ha empezado", destacó la ponente.

Los nuevos plazos de pago

En el caso de las transacciones de empresa a empresa, el plazo general de pago se fija en 30 días, a no ser que se haya estipulado de manera distinta en el contrato. Si ambas partes estás de acuerdo, será posible ampliar el plazo hasta los 60 días. El plazo de pago podrá extenderse más allá de estos 60 días sólo de "acordarse expresamente" por el acreedor y el deudor en el contrato y siempre que no sea "manifiestamente injusto" para el proveedor.

En las transacciones de la administración pública a una empresa, el límite para el pago de facturas se establece también en los 30 días. Si las dos partes desean extender el período de pago más allá de este plazo, debe ser "expresamente convenido" y "objetivamente justificado de acuerdo con un caso particular o con las características del contrato". El Parlamento Europeo ha garantizado que bajo ninguna circunstancia el límite sea superior a los 60 días.

Excepción para los hospitales públicos

Los Estados miembros podrán ampliar el plazo de pago más allá de los 60 días en el caso de las entidades públicas que prestan atención médica. Esta exención se debe a la naturaleza especial de entidades como los hospitales públicos, que en gran parte están financiados a través de reembolsos en los sistemas de seguridad social.

Tasas de interés, compensación y periodo de verificación

Los retrasos conllevarán una penalización equivalente al tipo de interés de referencia más una tasa mínima de ocho puntos porcentuales, así como 40 euros en concepto de gastos administrativos.

El periodo de verificación para comprobar que los productos o servicios cumplen con los términos del contrato se fija en 30 días. Este plazo podrá ampliarse en el caso de contratos particularmente complejos, pero sólo si ha sido expresamente acordado y siempre que no sea 2manifiestamente abusivo" para el acreedor. El Parlamento ha asegurado el compromiso de que los periodos de verificación no podrán ser utilizados como excusa para retrasar el pago de manera innecesaria.

Situación en España

La ley española contra la morosidad en las transacciones comerciales ha sido actualizada recientemente con el objeto de atajar el aumento de impagos producido por la actual situación de crisis económica. El nuevo texto, que reforma la ley de 2004, establece un plazo máximo de 60 días para pagos entre empresas no ampliable por acuerdo entre las partes, mientras que en el caso del sector público, los plazos de pago no podrán superar los 30 días. La nueva norma se aplicará a partir de 2013.

Según la ley vigente, en las transacciones entre empresas, el plazo de pago será el pactado por las partes. En caso de que no haya acuerdo, el límite será de 30 días. Para las administraciones públicas el plazo es de 60 días. En caso de incumplimiento, el deudor deberá abonar el pago de una indemnización y una penalización equivalente al interés pactado en el contrato o fijado por la ley (tipo de referencia más siete puntos porcentuales).

Cifras

Según un estudio de impacto de la Comisión Europea, en 2008 Grecia fue el país donde las administraciones públicas tardaron más en pagar sus facturas, con una media de 157 días. Le siguieron España, con 144 días; Portugal, con 138 días; e Italia, con 135 días.

Procedimiento: codecisión, primera lectura

Ponente: Barbara WEILER (S&D, Alemania)